Managua, Nicaragua — La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) ha reforzado recientemente su rol como ente regulador con la publicación de un Aviso Importante sobre el uso de tarjetas de crédito y débito.
El mensaje busca proteger a los consumidores y recordar a los comercios que la normativa nacional prohíbe prácticas abusivas vinculadas al uso de tarjetas.
👉 Este artículo resume las obligaciones legales vigentes en Nicaragua, las prácticas prohibidas y los derechos que todo usuario debe conocer.
📌 Marco legal que regula el uso de tarjetas de crédito y débito
El Aviso de la SIBOIF está respaldado por dos normas principales:
- Ley N°. 515, “Ley de Promoción y Ordenamiento del Uso de la Tarjeta de Crédito” publicada en La Gaceta el 20 de agosto de 2024, que establece las reglas generales sobre el uso de tarjetas.
 🔗 Ver Ley N° 515 en BCN
- Norma para las Operaciones de Tarjeta de Crédito (Resolución CD-SIBOIF-629-4-MAY26-2010), reformada en 2023, que regula aspectos operativos y obligaciones entre emisores y usuarios.
 🔗 Ver Norma SIBOIF
🔍 Prácticas prohibidas para comercios en Nicaragua
La SIBOIF recuerda que los comercios no pueden realizar las siguientes acciones:
1. Cobros adicionales por pagar con tarjeta
Está prohibido cobrar más por un producto o servicio si el cliente utiliza tarjeta de crédito o débito.
📖 Referencia: Artículo 16 de la Ley 515.
🔗 Fuente BCN
2. Exclusión en ofertas y promociones
No se puede discriminar a los clientes que pagan con tarjeta en descuentos, promociones u ofertas especiales.
🔗 Fuente oficial SIBOIF
3. Diferencias de precio injustificadas
No se permite establecer precios distintos entre pagos en efectivo y con tarjeta, salvo que la diferencia beneficie al consumidor que usa la tarjeta.
🔗 Referencia SIBOIF
🛡️ Derechos de los usuarios y vías de reclamo
Los consumidores que enfrenten prácticas abusivas pueden:
- Reclamar directamente al emisor de su tarjeta. Este debe responder en un plazo máximo de 30 días calendario.
- Escalar el reclamo ante la SIBOIF, si la respuesta del emisor no es satisfactoria, conforme al Artículo 49 de la Norma sobre Transparencia en las Operaciones Financieras.
 🔗 Consultar normativa SIBOIF
📣 Impacto para comercios y consumidores
- Consumidores más protegidos: Se garantiza el respeto de sus derechos y un uso justo de las tarjetas como medio de pago.
- Comercios regulados: Deben revisar sus políticas de precios y promociones para cumplir la Ley.
- Mayor vigilancia institucional: La SIBOIF fortalece su rol como supervisora para asegurar que la normativa sea aplicada de manera efectiva.
El uso de tarjetas de crédito y débito en Nicaragua está amparado por una normativa clara que protege a los usuarios y fomenta la transparencia en el sistema financiero.
Conocer estas disposiciones permite a los consumidores defender sus derechos y a los comercios operar conforme a la ley, evitando sanciones y fortaleciendo la confianza en el mercado.
📖 Referencia oficial:
Prohibición de cobro adicional por uso de Tarjeta de Crédito conforme Ley No. 515 – SIBOIF
 
					